sábado, 25 de agosto de 2012

EL PLAZO ES "IRREAL"

http://www.libremercado.com/2012-08-24/son-buenas-las-nuevas-medidas-para-el-alquiler-1276466784/

EL PLAZO ES "IRREAL"

Los expertos no creen que el deshaucio en diez días se vaya a cumplir

Consideran que el largo proceso judicial y la saturación de los juzgados no hará posible esta medida.


Las medidas aprobadas este viernes en el Consejo de Ministros en materia de alquiler ya han generado los primeros comentarios de los expertos del sector que coinciden en que la reforma se queda corta. Alquiler Seguroniega que los plazo de desahucios por impago del alquiler se vayan a reducir a diez días mientras que Pisos.com cree que el plazo para los desahucios se ha "malinterpretado" y está "lejos de la realidad".

Por su parte, Idealista.com, líder en el mercado inmobiliario considera que el mercado de alquiler en España es "raquítico".

El plazo de 10 días es irreal

Alquiler Seguro ha negado que el plazo de los procesos judiciales para ejecutar desahucios por impagos de la renta de alquiler se vaya a reducir diez días con la aprobación de la nueva Ley de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler que aprobará hoy el Consejo de Ministros.

El portavoz de la empresa privada de protección a propietarios, Gerardo Neistat, ha asegurado que los procesos de desahucio "seguirán durando meses e incluso años, pues lo único que se va a reducir es el plazo para pagar la renta atrasada o para presentar alegaciones ante el juez".

Neistat ha subrayado que los juzgados "son el gran cuello de botella que reduce la seguridad en el mercado de alquiler de viviendas, ya que están tan colapsados que tardan mucho tiempo en dictaminar resoluciones en estos casos". ara la firma, cuyo principal objetivo es evitar la morosidad, es "imposible" que los plazos para ejecutar los desahucios se puedan rebajar "dados los medios disponibles que hay en los juzgados hoy en día".

Ante la posibilidad de que en diez días pueda producirse un desahucio, Fernando Encinar, jefe de estudios de idealista.com, tampoco cree que se vaya a producir en realidad ya que la ley,en muchos casos ley abre la posibilidad a abandonar la vivienda por parte del inquilino con un mes de preaviso y sin penalización. "Hoy día hay inquilinos que no pueden pagar la vivienda pero tampoco dejarla porque están penalizados con indemnizaciones importantes; con la nueva legislación es probable que muchos inquilinos dejen la vivienda si no pueden pagarla y busquen otra opción más económica antes que pasar por un desahucio".

Por su parte, el director general de pisos.com, Miguel Angel Alemany, ha considerado que el plazo de 10 días para desahuciar al inquilino moroso "está siendo malinterpretado", ya que es algo que está "lejos de la realidad".

Alemany afirma que, en primer lugar, el casero tendrá que aportar pruebas de impago ante un juez, demanda que puede tardar en admitirse varios meses. "Lo que se ha reducido de un mes a 10 días es el tiempo que tiene el inquilino para cumplir con su deuda desde que sale a trámite esta demanda", añade.

Además, advierte de que, una vez pasados los 10 días, el periodo hasta la fecha de desalojo podría estar entre 5 meses y un año, y apunta que la nueva ley reduce el número de funcionarios en el día del desalojo de dos a uno, "en un esfuerzo por optimizar los recursos personales".

Mercado "raquítico"

Fernando encinar, jefe de estudios de idealista.com, opina que "llevamos décadas con un mercado de alquiler raquítico y muy alejado de los parámetros europeos. La aprobación de nuevas medidas en los contratos de alquiler puede ayudar a mejorar la situación actual aumentando la oferta y ajustando precios. Y no solo es beneficioso para el mercado inmobiliario: un alquiler más fuerte, robusto y grande beneficia a la economía, permite mayor movilidad laboral que aumenta el empleo y facilita la emancipación de los jóvenes españoles de casa de sus padres. Son buenas noticias"

viernes, 24 de agosto de 2012

Habrá que sumar los 2 meses de espera para interponer la denuncia, más los meses que tarda en llegar al juez y que dicte resolución: varios meses gratis en el piso.

http://www.libremercado.com/2012-08-23/los-inquilinos-que-se-retrasen-en-el-pago-podran-ser-desahuciados-en-diez-dias-1276466712/

El Gobierno aprobará este viernes el desahucio de morosos en diez días

Según el anteproyecto de ley que se aprobará este viernes, transcurrido ese plazo el juez podrá ordenarlo sin necesidad de más trámites.



      Los inquilinos que se retrasen en el pago de la renta de alquiler podrán ser desahuciados en un plazo de diez días si no presentan alegaciones ante el juez, según el anteproyecto de Ley de Medidas para la Flexibilización y Fomento del Mercado de Alquiler, que se aprobará este viernes en el Consejo de Ministros.

      En un encuentro con la prensa, la ministra de Fomento, Ana Pastor, ha explicado que, con la normativa en vigor, el arrendador se ve obligado a acudir a la vía jurisdiccional y obtener una sentencia declarativa para que el impago de la renta pudiese dar lugar a un desahucio. "Además, el inquilino tenía la posibilidad de pagar en el último momento y evitar la ejecución", ha señalado.

      Con la nueva ley, se establece un plazo de diez días para que el arrendatario pague su deuda, "y, si no lo hace, el juez puede dictar la resolución del contrato de forma inmediata, sin más trámites". Asimismo, la finalización del proceso será mediante auto del juez, en lugar del decreto del Secretario Judicial que se empleaba hasta ahora.

      Según Pastor, "lo que se quiere es reducir el procedimiento tedioso que tenía que llevar a cabo hasta ahora para dictar una resolución, pues lo que está claro es que el que no paga, no va a pagar aunque se le dé más plazo".


      http://www.elmundo.es/elmundo/2012/08/23/suvivienda/1345735093.html#comentarios


      ALQUILER | El Gobierno busca 'dinamizar' el mercado

      Desahucios en 10 días para los inquilinos que se retrasen con el pago del alquiler

      • Este viernes se presenta el anteproyecto de Ley con una batería de medidas administrativas, judiciales y fiscales para 'agilizar y flexibilizar' el mercado

      Los inquilinos que se retrasen en el pago de su renta de alquiler podrán ser desahuciados si no cumplen en el plazo de 10 días. Es la medida estrella del Proyecto de Ley que presentará este viernes el Ministerio de Fomento en el Consejo de Ministros, que incluye una batería de medidas administrativas, judiciales y fiscales que buscarán "agilizar y flexibilizar" el mercado de alquiler.

      Los desahucios se harán con la presencia de un funcionario, y no dos como hasta ahora

      La ley fija un plazo de 10 días desde que el casero acude a un juzgado a poner una denuncia para que el arrendatario abone la renta pendiente. Si no lo hace, el juez podrá dictar la resolución del contrato de manera inmediata. Como anunció el Gobierno en mayo,cuando presentó el anteproyecto de ley, el proceso de desahucio se puede llevar a cabo con la presencia de sólo un funcionario, cuando antes se necesitaban dos.

      El anteproyecto de Fomento pretende elevar el porcentaje de población que recurre al mercado en alquiler (un 17%). También busca dar salida comercial a tres millones de viviendas vacías más cerca de 700.000 sin vender. Este stock, que en su mayor medida permanece actualmente en los balances de las entidades financieras, podrá ser ofrecido en alquiler bajo condiciones fiscales ventajosas.

      El Proyecto de Ley también incluye medidas para reforzar la libertad de arrendadores y arrendatarios a la hora de formalizar los nuevos contratos y reduce la prórroga forzosa del contrato de cinco a tres años.

      La prórroga forzosa de los contratos será de tres años, en lugar de los cinco que dictaba la LAU

      Otras de las medidas de la nueva ley será que las partes podrán pactar la actualización de las rentas al margen del IPC. Además, los inquilinos podrán abandonar la vivienda avisando con un mes de antelación y el casero podrá recuperar la casa para uso familiar informando con dos meses.

      Completar al 'banco malo'

      En vísperas de la creación del denominado "banco malo" al que el sector financiero podrá traspasar sus activos inmobiliarios tóxicos, las entidades financieras que acumulan viviendas, suelo, locales comerciales y oficinas se verán beneficiadas por la nueva Ley si utilizan como vehículo comercial las denominadas Socimi (Sociedades Anónimas de Inversión Inmobiliaria). El impuesto de sociedades sobre estas empresas de alquiler será cero y su tributación se aplicará sobre un 80% de los dividendos.

      De esta manera, además de hacer más atractiva la oferta de alquiler inmobiliario, Fomento quiere que inversores extranjeros que tienen la posibilidad de comprar a los bancos activos a bajo precio dispongan de una salida comercial inmediata que no sea la reventa a corto plazo de esos inmuebles. El plazo de mantenimiento en cartera de los inmuebles baja de siete a tres años y se reduce a un tercio (5 millones) el capital social mínimo para constituir una Socimi.